Guía de trámite · SAT

RFC para menores de edad


Ficha del trámite

Costo
Gratis
Edad mínima
16 años Solo para sueldos y salarios
Modalidad
Con cita En una oficina del SAT
Plazo
1 mes Desde que inicia la relación laboral
Qué se obtiene
Acuse y CIF Con código QR
Ficha de trámite
160/CFF Anexo 1-A de la RMF

El primer empleo formal a los 16 trae consigo un trámite que casi nadie espera: el RFC. Se puede, pero con tres condiciones que conviene tener claras antes de agendar la cita —solo desde los 16 años, solo para sueldos y salarios, y dentro del mes siguiente a empezar a trabajar.

Contenido de esta guía
  1. 01Quién puede inscribirse
  2. 02El plazo de un mes
  3. 03Requisitos y cita
  4. 04La manifestación por escrito
  5. 05Menores de 16 años
  6. 06Cuando solo hay que facturar
  7. 07Al cumplir 18 años
  8. 08Errores frecuentes
  9. 09Preguntas frecuentes
  10. 10Fuentes oficiales

Quién puede inscribirse y para qué

La regla la fija la ficha de trámite 160/CFF: pueden inscribirse las personas físicas menores de edad a partir de los 16 años que presten exclusivamente un servicio personal subordinado. En lenguaje llano: que trabajen como empleados y cobren un salario.

Qué aplica según la edad
Edad ¿Puede inscribirse? Detalle
Menos de 16 años No se inscribe por sueldos y salarios Los padres o tutores pueden inscribirlo como representantes cuando el menor percibe otros ingresos
16 y 17 años Sí, solo para sueldos y salarios Presencial, con cita y con la manifestación firmada
18 años o más Inscripción ordinaria En línea con CURP y con cualquier régimen

Los 16 años no son una cifra arbitraria: coinciden con la edad a partir de la cual la legislación laboral permite el empleo formal.

El plazo de un mes

La inscripción se presenta dentro del mes siguiente al día en que inician los servicios. No es una recomendación: es el plazo de la ficha.

En la práctica esto choca con la disponibilidad de citas, que en algunas oficinas se van a varias semanas. Por eso conviene agendar en cuanto haya fecha de ingreso, aunque el primer día de trabajo todavía no llegue: la cita se puede cancelar, el plazo no se puede estirar.

Requisitos y cómo va la cita

El trámite se inicia y se termina en la oficina del SAT, con cita previa. Es gratuito.

Qué llevar

Lista de requisitos

4 requisitos

Paso a paso

  1. Agenda la cita en citas.sat.gob.mx

    El servicio es la inscripción en el RFC. Estrategias para conseguir lugar: cita en el SAT.

  2. Redacta y firma la manifestación

    Un escrito libre en el que el menor declara su voluntad de inscribirse solo por sueldos y salarios. Va firmado por él, no por los padres.

  3. Acude con los originales

    CURP, identificación oficial y comprobante de domicilio. Aunque el menor puede presentarse solo, conviene que lo acompañe su madre, padre o tutor.

  4. Entrega la documentación en ventanilla

    Si falta algo, el SAT emite un acuse de trámite conclusa y hay que volver con los documentos faltantes.

  5. Recibe el acuse de inscripción

    Incluye la cédula de identificación fiscal con el código QR. Es lo que pedirá el patrón para el alta.

La manifestación por escrito

Es el documento que distingue este trámite del ordinario y el que más veces se olvida. Se redacta en escrito libre y lo firma el menor, declarando bajo protesta de decir verdad tres cosas:

  • que es su voluntad inscribirse en el RFC;
  • que lo hace con la finalidad de realizar exclusivamente un servicio personal subordinado;
  • que no tendrá una actividad distinta hasta cumplir 18 años.

Consecuencia práctica de esa tercera línea: mientras sea menor, no puede darse de alta como profesional independiente, arrendador ni con actividad empresarial. Si el plan es vender por internet o facturar como freelance, este no es el camino.

Menores de 16 años

Por trabajo, no procede. Pero existe otra situación: un menor puede tener ingresos sin trabajar —una herencia, un inmueble a su nombre, una cuenta que genera intereses—. Ahí la inscripción la hacen los padres o tutores que ejercen la patria potestad, actuando como sus representantes.

En ese supuesto se presentan, además de lo habitual:

  • acta de nacimiento del menor en copia certificada o en el formato único que emite el portal oficial;
  • identificación oficial vigente de quien funge como representante;
  • cuando corresponda, la resolución judicial o el documento notarial que acredite la patria potestad o la tutela.

Cuando solo hay que facturarle algo

Un motivo muy común para buscar el RFC de un menor es que un comercio o una escuela pide «los datos fiscales». Para eso no hace falta inscribirlo: existe el RFC genérico que los negocios usan para facturar al público en general.

Si lo que necesitan es deducir el gasto, lo que corresponde es facturar a nombre de la madre, el padre o el tutor, con su constancia de situación fiscal. Inscribir a un menor sin ingresos no habilita ninguna deducción.

Qué pasa al cumplir 18 años

El RFC no cambia: la clave es la misma de por vida. Lo que se abre es el abanico de regímenes. A partir de los 18 se puede actualizar la actividad económica para facturar como independiente, darse de alta en RESICO o iniciar actividad empresarial, según el caso.

Ese cambio se hace en el portal del SAT y en varios supuestos pide e.firma, que a esa edad ya se puede tramitar sin representación. Buen momento, también, para revisar que los datos del registro coincidan con el acta.

Errores frecuentes

  • Intentar la inscripción en línea con la CURP del menor. La vía en línea es para mayores de edad. La ficha 160/CFF exige oficina y cita.
  • Dejar pasar el mes desde el inicio del trabajo. El plazo está en la ficha: dentro del mes siguiente al día en que empiezan los servicios subordinados.
  • Llevar la manifestación firmada por el padre o la madre. La firma el menor. Los padres pueden acompañarlo, pero la declaración es suya.
  • Pensar que el menor puede darse de alta como autónomo. A los 16 y 17 años el registro es exclusivamente por sueldos y salarios; no se admite otra actividad hasta los 18.
  • Sacar RFC a un niño solo para que le facturen. Para eso existe el RFC genérico que usan los comercios. Inscribir a un menor sin ingresos no resuelve nada.
  • Llegar con copias. La ficha pide originales de CURP, identificación y comprobante de domicilio.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué edad se puede sacar el RFC?

Desde los 16 años, y únicamente para prestar un servicio personal subordinado, es decir, para el régimen de sueldos y salarios. Antes de esa edad no procede la inscripción por trabajo.

¿Un menor puede tramitar su RFC en línea?

No. La ficha 160/CFF establece que el trámite se inicia y termina en una oficina del SAT, con cita previa.

¿Cuánto tiempo hay para inscribirse?

Dentro del mes siguiente al día en que inicia la prestación de servicios por sueldos y salarios.

¿Tienen que ir los padres?

La manifestación la firma el propio menor y él puede presentarse a la cita. Aun así, es recomendable que lo acompañe su madre, padre o tutor, sobre todo si es su primer trámite ante una dependencia.

¿Qué documentos se necesitan?

CURP o Cédula de Identidad Personal en original, la manifestación por escrito firmada bajo protesta de decir verdad, identificación oficial vigente y comprobante de domicilio fiscal, todo en original.

¿Y si el menor tiene menos de 16 años pero recibe ingresos?

En ese caso la inscripción la hacen los padres o tutores que ejercen la patria potestad, actuando como representantes: se presenta el acta de nacimiento del menor, la identificación del representante y, cuando corresponde, el documento que acredite la tutela.

Fuentes oficiales